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Central Costa Rica
Cambios en plan antimafia favorecen a los delincuentes
Lunes, 04 de Mayo de 2009 18:00

Veces visto: 210

Texto sustitutivo fue redactado por diputado Jorge Eduardo Sánchez

Cambios en plan antimafia favorecen a los delincuentes

 Antecedentes de bandas criminales quedarían por fuera de pesquisas

 Mafiosos tendrían menos prisión preventiva que hampones comunes

Ronald Moya Ch.y Nicolás Aguilar R. | La Nación

El texto antimafia que la Comisión de Seguridad Ciudadana avaló el pasado 31 de marzo contiene al menos 15 cambios que favorecen a las organizaciones criminales que pretende combatir.

La nueva propuesta reduce los plazos de la prisión preventiva de 60 a 30 meses; disminuye el tiempo para intervenir teléfonos de 18 a 12 meses, y no permite a la policía indagar antecedentes de la mafia.

Este texto sustitutivo modificó partes esenciales del plan original que envió el Poder Ejecutivo a la Asamblea Legislativa en marzo del 2008 y que fue dictaminado el 30 de octubre.

Las modificaciones nacieron luego que los diputados del PUSC Jorge Eduardo Sánchez y Bienvenido Venegas presentaran, el 18 de diciembre, más de 100 mociones al expediente. Los legisladores adujeron que había roces constitucionales en el proyecto, entre otros aspectos.

El proyecto pretende dar a la policía herramientas de investigación especiales para combatir al crimen organizado.

No obstante, otra de las debilidades del texto sustitutivo es que el artículo 13, que autoriza las intervenciones telefónicas, dejó por fuera a los ladrones de autos, por lo esta herramienta no podrá aplicarse a este tipo de organizaciones.

De acuerdo con informes de la Fiscalía, en Costa Rica se roban en promedio 2.500 autos por año.

“Mejor no aprobarlo”. Alarmado por estos cambios, el principal impulsor de la ley, el Fiscal General Francisco Dall’Anese remitió la semana pasada varias observaciones a la Comisión de Seguridad Ciudadana. Sostiene que no encuentra justificación para “privilegiar a los capos y subordinados de las redes criminales”. “De mantenerse así el texto, a favor del crimen organizado, mejor sería no aprobar este proyecto de ley”, advirtió.

Hechos futuros. El nuevo proyecto (artículo 2) establece que el procedimiento especial solo se podrá aplicar a los hechos futuros cometidos por las organizaciones criminales y no a sus antecedentes.

Así por ejemplo, si un juez autorizara la aplicación de la nueva ley a los sospechosos de sustraer los 320 kilos de cocaína de los tribunales de Golfito, la policía tendría que esperarse a que cometieran nuevos hechos para investigarlos. El robo de la droga se investigaría con la ley común (Código Procesal Penal).

“Debe volverse a la propuesta inicial, de modo que todos los delitos involucrados sean alcanzados por el procedimiento especial”, indicó Dall’Anese.

Límite a prisión preventiva. En caso de ser detenidos, los miembros del crimen organizado (homicidas, sicarios, traficantes de drogas y personas, por ejemplo) podrían estar en prisión preventiva un máximo de 30 meses (incluidas las prórrogas) y no 60 meses (incluidas las prórrogas), como lo establecía el plan original. A los delincuentes comunes, por delitos menos graves, se les puede tener en prisión provisional hasta 36 meses.

El plan original fijó la prescripción de los delitos del crimen organizado en diez años. Para evitar que los capos se beneficien con la prescripción, el proyecto original contiene 11 causas para interrumpir el avance de ese plazo. Así, cada vez que se presente una de esas causas (por ejemplo, la presentación de la querella) se interrumpe el plazo y vuelve a empezar la cuenta de los diez años. Sin embargo, el texto sustitutivo redujo las causales de interrupción a 7, lo cual aumenta la posibilidad de prescripción delictiva.

Desprotegidos. Como medida contra el lavado de dinero, el plan original obliga a las entidades financieras a congelar dineros o valores de sus clientes previa orden judicial.

La norma (artículo 19) advertía que estas acciones no acarrearían responsabilidades administrativas, civiles ni penales a los funcionarios o entidades bancarias. El nuevo texto eliminó esta protección. “Es otra forma de debilitar la lucha contra el crimen organizado”, comentó Mauricio Boraschi, director del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).

La propuesta inicial establecía la obligación de toda persona física o jurídica de justificar ante el Ministerio de Hacienda (vía civil) los incrementos repentinos de su patrimonio (capitales emergentes). En la vía civil no existe el derecho a abstenerse de declarar.

 

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